Becas Terciarias

Este programa de Becas está destinado a estudiantes entrerrianos que cursen como alumno regular una carrera Terciaria del sistema educativo de la Provincia de Entre Ríos bajo dependencia del Consejo General de Educación.

Desde nuestro organismo provincial se busca poder acompañar al estudiante con una ayuda económica para que pueda incluirse o permanecer en el sistema educativo obligatorio como lo es el nivel secundario, entendiendo que el estudio y educación es la herramienta fundamental para el progreso de las personas y como así también de la sociedad.


¿Cómo solicitarla? Se gestiona de manera particular mediante la página www.institutobecario.gov.ar, debe crearse la cuenta con usuario y contraseña. En los casos que ya disponga de años anteriores debe utilizar la misma cuenta o gestionar el cambio de contraseña correspondiente mediante la página mencionada anteriormente.

¿Cuándo te podés inscribir? La fecha de inscripción para dicho programa se habilita en el mes de junio hasta agosto de cada año.

DOCUMENTACIÓN

RENOVACIONES

  •  Cursar como alumno regular del ciclo lectivo año 2025.
  •  Analítico de materias aprobadas o historia académica actualizada.

Importante: Además de adjuntar dicha documentación que se menciona anteriormente, debe completar y actualizar toda la información que requiere cada paso de la inscripción.


CAMBIO DE NIVEL

  •  Constancia de alumno regular año 2025.
  •  Boletín de calificaciones año 2024.


BECAS NUEVAS

  •  DNI ambos lados (del solicitante).
  •  Constancia de CUIL (del solicitante).
  •  Constancia de alumno regular año 2025.
  •  Analítico de materias aprobadas o historia academica actualizada.
  •  Boletín de calificaciones año 2024 firmado por la autoridad del establecimiento en el caso de ser ingresante a la carrera.
  •  Comprobantes de ingresos del grupo familiar según corresponda:
    •  Trabajadores registrados: dos últimos recibos de sueldos de padres o tutores.
    •  Jubilados: último recibo de jubilación.
    •  Asignación Universal por Hijo / Otros planes sociales: ticket del último movimiento bancario con fecha 2025 o copia de la tarjeta (no será considerado válido el ticket de extracción).
    •  Trabajadores no registrados: deberán adjuntar declaración jurada realizada en el juzgado o comisaría más cercana, la misma debe informar qué actividad efectúa y qué ingreso aproximado mensual percibe y también adjuntar Certificación Negativa Anses actualizada.
    •  Desocupados: adjuntar Certificación Negativa Anses actualizada.
    •  Monotributista: constancia de opción AFIP, donde figura la categoría.

  *En caso de divorcio o separación de los padres del estudiante, deberán acreditar con la correspondiente documentación. Para el mismo caso, si existe cuota alimentaria, se deberá documentar.
  *En caso de tener padres o tutores fallecidos se debe adjuntar acta de defunción.

Importante: Además de adjuntar dicha documentación que se menciona anteriormente, debe completar y actualizar toda la información que requiere cada paso de la inscripción.

IMPORTANTE: La inscripción de la solicitud de la beca NO SIGNIFICA la aprobación automática de la misma, debe pasar por una etapa de evaluación para poder determinar el resultado

REQUISITOS

a) RESIDENCIA EN LA PROVINCIA
Ser nacido/a en Entre Ríos o contar con un mínimo de 3 (tres) años de residencia comprobable con DNI en la provincia.

b) INGRESOS ECONÓMICOS PERMITIDOS
El ingreso económico del grupo familiar no podrá superar el monto mensual de $1.086.284 para una familia de cuatro integrantes. El monto es el equivalente a 4 (cuatro) salarios mínimos vital y móvil; si el mismo sufriera modificaciones, se actualizará automáticamente.
En el caso de ser más de 4 (cuatro) integrantes en la familia, el ingreso por persona no podrá superar los $271.571 mensuales.
Se tendrán en cuenta todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar que lo posean (para ello, se efectúan controles de cruzamiento de información con AFIP, ANSES y ATER).

c) RENDIMIENTO ACADÉMICO OBLIGATORIO

  •  Cursar como alumno regular del ciclo lectivo año 2025.
  •  Tener aprobado el 70% de las materias.
  •  No tener título de nivel superior, excepto carreras técnicas que luego continuen el ciclo de licenciaturas para la misma carrera.
  •  El cambio de carrera en el caso de las RENOVACIONES es motivo para no poder renovarla.

d) INSTITUCIÓN EDUCATIVA

  •  Están incluidas en sistema los establecimientos educativos públicos o públicos de gestión privada, cuyo arancel mensual sea igual o menor a $25.000.
  •  No están incluídos en sistema los establecimientos educativos que sean de modalidad semi-presencial o a distancia.
  •  No están incluídos en sistema los establecimientos educativos que carezcan de reconocimiento oficial del Consejo General de Educación de Entre Ríos.
  •  No están incluídos los cursos o talleres de formación.

CRITERIOS GENERALES

  •  Las becas son intransferibles: una vez que lograste ser becado/a, no podés renunciar para cederla a otro/a estudiante.
  •  En el caso que ya poseas título de nivel superior no podrás ser beneficiado.
  •  No se establece límites de edad para poder solicitar una beca.
  •  Las becas del Instituto Becario del Gobierno de Entre Ríos son compatibles con: Asignación Universal por Hijo/a (AUH), PROG.R.ES.AR y otros planes sociales de características similares. Es decir, PODÉS TENER AMBOS BENEFICIOS.
  •  Se otorga sólo 1 (una) beca por grupo familiar, salvo las siguientes situaciones:
    •  Un grupo familiar de 4 (cuatro) o más hijos menores de 25 años de edad, podrá tener hasta 2 (dos) becas.
    •  Dos hermanos/as pueden ser becados/as, con una beca de distinto programa. Por ejemplo: si uno/a tiene una beca secundaria ordinaria, el/la otro/a hermano/a puede tener una beca técnica/agrotécnica o deportiva.

MONTOS

El importe mensual es de $28.000. Se abona desde el mes de mayo a noviembre y luego febrero y marzo del año siguiente, cumpliéndose los 9 meses de pago.